COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE HONDURAS

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Timbres

Costo del Timbre CICH

El Timbre tiene un costo de Lps. 50.00

Puntos de venta de Timbre CICH

Oficinas del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras en:

•          Tegucigalpa

•          San Pedro Sula

•          La Ceiba

Representantes Departamentales en:

•          Choluteca

•          Santa Bárbara

•          Olancho

•          El Paraíso

•          Comayagua

Oficinas de Banco Atlántida en:

•          Agencia Principal

•          Mall Cascadas

•          City Mall

•          Mall Multiplaza

•          Paz Barahona

•          Segunda Avenida

•          Santa Rosa de Copán

Uso del Timbre

CAPITULO XIV

DEL TIMBRE DEL COLEGIO

ARTÍCULO 72.- El timbre del Colegio que por valor de Cincuenta Lempiras deberá ser adherido y cancelado por sus miembros a todo plano, que incluya o no memoria, especificación, cálculo, presupuesto o informe, y a todo contrato, avaluó o peritaje referentes a las distintas ramas de la Ingeniería, cuando estos documentos sean presentados para su tramitación o aprobación en las Oficinas del Estado, Municipalidades, Organismos Autónomos, Bancos, Instituciones Financieras, y ante toda otra persona natural o jurídica, se sujetará a las siguientes disposiciones:

a.         La renta del timbre formará parte del patrimonio del Colegio, estará bajo la vigilancia de la Junta Directiva y será destinada de acuerdo a la Ley: cuarenta por ciento (40%) mínimo para el Fondo de Auxilio Mutuo y el resto se utilizará para los demás fines del Colegio según lo establezca la Asamblea General. Las asignaciones deberán de ser distribuidas por la Junta Directiva con base en el respectivo presupuesto y se dará cuenta de ellas a la Asamblea General Ordinaria en cada sesión de esta;

b) El diseño, el color, material, forma y lema que se dé a los timbres de cada emisión, serán los que apruebe la Junta Directiva del Colegio y deberán contener representaciones gráficas y leyendas simbólicas de la misión del Ingeniero en el engrandecimiento nacional;

c) La emisión y administración del timbre estará a cargo del Colegio de acuerdo con el “espíritu de este artículo” y la Ley de Papel Sellado y Timbre, en lo que ésta le fuere aplicable.- La venta, la recaudación de los fondos y la custodia de los timbres, estará a cargo de la Tesorería del Colegio, la que podrá llenar estas funciones directamente o a través de una entidad bancaria;

d) Los timbres que hayan sido adheridos por los colegiados en los documentos que la ley determina, deberán ser cancelados por éste con su firma, sello y fecha.

El uso ilegal del timbre por personas ajenas al Colegio o por colegiados que se encuentren suspendidos en el ejercicio profesional, dará lugar a la acción del Fiscal del Colegio contra ellos, de conformidad con la Ley;

No se permitirá la reutilización de timbres. El uso de timbres que hayan sido adheridos anteriormente a otros documentos dará lugar a la acción del Fiscal del Colegio

e) USO DEL TIMBRE EN DOCUMENTOS:

En caso de documentos tales como: avalúos, peritajes, memorias, informes técnicos, dictámenes técnicos, estudios, presupuestos, notas de responsabilidad y cualquier otro documento requerido para el ejercicio legal de la Ingeniería, deberá adherirse Un (1) timbre por cada documento o volumen presentado. El juego de hojas completo que formen parte de estos documentos deberán estar firmadas y selladas por su autor.

Las copias de los originales de los documentos descritos en el párrafo anterior, deberán ser timbradas, firmadas y selladas por su autor.

En las hojas de afiliación profesional, utilizadas para el trámite de permisos de construcción, se colocarán timbres sólo en la hoja original y las copias deberán estar firmadas y selladas por el profesional.

En todo documento de Contrato de Construcción de Obras o Servicios de Consultoría, se colocarán timbres de acuerdo al presupuesto global de la obra.

 Para montos menores a Lps. 1,000,000.00 se adherirá un timbre. Para montos mayores a esta cantidad se colocará un timbre adicional por cada Lps. 500,000 o fracción.

USO DEL TIMBRE EN PLANOS:

Para la aprobación o tramitación de planos en Oficinas del Estado, Municipalidades, Organismos Autónomos, Bancos, Instituciones Financieras y toda otra persona natural o jurídica, se deberá presentar al menos un juego de planos timbrados. El profesional que firmará y sellará los planos será un diseñador. Los timbres serán adheridos a los planos en la parte frontal, pudiéndose utilizar el reverso cuando esto no sea posible. Todo timbre adherido deberá estar cancelado con el sello y firma del autor del diseño y con la fecha de cancelación. Los juegos adicionales de los planos deberán estar debidamente firmados y sellados en vivo.

En todo plano de levantamiento topográfico de lotes o terrenos, deberá colocarse dos (2) timbres por hoja.

En los planos pertenecientes a la construcción de casas de habitación, ampliaciones y/o remodelaciones de las mismas, se colocará dos (2) timbres por concepto. Si se incluyera en una misma hoja, más de un concepto de Ingeniería, se cancelarán tantos timbres como conceptos se detallen en cada hoja. En ningún caso podrá haber más de dos conceptos por hoja.

Se consideran como conceptos diferentes: planta de localización, planta arquitectónica, planta constructiva, planta de cimentación, planta de entrepisos, y detalles estructurales, planta de techos, fachadas, cortes, planta hidrosanitaria, planta electromecánica, planta de conjunto, planos de acabados y plano de detalles, etc…

Cuando se trate de construcciones en serie, cuando un mismo plano sea utilizado para ejecutar varias veces una misma unidad constructiva, se adherirá dos (2) timbres por concepto en el juego de planos del elemento modelo. Se adherirá a la planta de localización o de conjunto general del proyecto dos (2) timbres por cada unidad adicional.

En las constancias y/o certificaciones que extienda la Secretaría General, se deberá adherir un timbre que será cancelado con la firma y sello del Secretario General en el caso de personas jurídicas, y en el caso de personas naturales únicamente con la firma y sello del mismo.

f) Para las construcciones catalogadas como de servicio e instalaciones, dentro de las cuales se incluyen tiendas, oficinas, centros educativos, expendio de alimentos y bebidas, hoteles, edificios de apartamentos, hospitales, clínicas, centros religiosos, cuarterías, museos, gasolineras y otras edificaciones similares, se adherirá a todo plano dos (2) timbres por concepto. En ningún caso se incluirá más de dos conceptos por hoja.

En los juegos de planos pertenecientes a diseño de urbanizaciones, diseño dcarreteras, puentes vehiculares o peatonales, sistemas de agua potable, sistemas de alcantarillado sanitario y/o pluvial u otra obra de Ingeniería deberá colocarse dos (2) timbres por hoja.

g) Cuando los documentos antes expresados no tuvieren adheridos los timbres correspondientes, previo a la admisión para cualquier trámite, se le aplicará al infractor una multa de Diez (10) veces el valor defraudado y de Cuatro (4) veces el valor de los timbres, si éstos no estuvieran debidamente cancelados. Las multas mencionadas serán enteradas a la Tesorería General de la República.

Los proyectos de vivienda declarados por la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI) como de interés social, no requerirán el uso del timbre del Colegio de Ingenieros Civiles, siendo necesario el mismo, únicamente en el juego de planos de la casa modelo; en los demás documentos y planos únicamente se requerirá la firma y sello del Ingeniero responsable de su elaboración.